Ley Federal de Lucha Contra la Corrupción

Todos contra la corrupción

Encuesta de Fraude y Corrupción en México 2008

Octubre31

• El 77% de las empresas que operan en México ha tenido cuando menos un fraude en el último año. De estos casos, el 46% fue cometido por personal de las propias empresas.

• Los fraudes más comunes cometidos por empleados de las propias empresas ha sido el robo de inventarios y la asociación fraudulenta con proveedores y clientes

• En uno de cada cuatro casos, el monto defraudado fue superior al millón de pesos (aproximadamente 90, 000 dólares americanos) y en uno de cada diez la cifra llegó a superar los 5 millones de pesos (aproximadamente 455, 000 dólares americanos).

• Las empresas defraudadas enfrentaron, como consecuencia del ilícito, problemas como incrementos en costos de operación, pérdida de  confianza entre empleados y daños a la imagen de la empresa.

• En el 60% de los casos, el fraude fue detectado por medio de controles internos y auditoría interna.

• Sin embargo, en 86% de los casos, el fraude se descubrió hasta seis meses después de haberse cometido el ilícito.

• Los principales factores que contribuyeron a que se cometieran los fraudes fueron: fallas en la supervisión del personal, la falta de controles internos y una deficiente infraestructura ética.

• En general, el defraudador fue un hombre de entre 25 y 35 años, con una antigüedad en la empresa defraudada de uno a tres años y ocupando una posición de mando medio u operativo.

• El 44% de las empresas que operan en México ha reconocido haber realizado algún pago extraoficial a servidores públicos.

• En promedio las empresas destinan un 5% de sus ingresos anuales al pago de sobornos.

• El nivel de gobierno donde más incidencia existe de este tipo de pagos extraoficiales es el municipal.

• Seis de cada diez empresas consideran que los pagos extraoficiales a servidores públicos tienen un impacto significativo en sus proyecciones de inversión en México.

• El 67% de las empresas reconoce que la corrupción tiene un efecto negativo en su competitividad.

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CORRUPCIÓN EMPRESARIAL

Octubre31

Para que el proyecto de ley contra la corrupción tenga el carácter de integral, es fundamental que dediquemos tiempo y esfuerzo al estudio de este fenómeno no sólo desde el ámbito de gubernamental, sino que considero indispensable enfocarlo también desde la perspectiva de la corrupción en las empresas, en los sindicatos y en la vida cotidiana de los ciudadanos.

Para hacer una aproximación a la corrupción en el ámbito de las empresas, propongo el análisis de los resultados de la Encuesta de Fraude y Corrupción en México 2008, efectuado por KPMG Cárdenas Dosal, S.C.

Con este propósito, está a su disposición el resumen ejecutivo de la encuesta y las definiciones que guiaron su realización, así como el texto íntegro del estudio.

Atentamente

Sen. Ricardo García Cervantes

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Consideraciones preliminares (Denunciante anónimo y su protección)

Octubre15

Para provocar la reflexión

Propuestas para el articulado de un proyecto de Ley Federal de Lucha contra la Corrupción.

 
3) El denunciante anónimo y su protección

En la actualidad, el sistema normativo y el conjunto de instituciones que se dedican al control de la corrupción no favorecen que el servidor público, testigo o cómplice de irregularidades o actos de corrupción, lleve a cabo una denuncia ante autoridades que sean competentes y efectivas para el control de corrupción. Tampoco facilitan que el denunciante le dé seguimiento como parte interesada en el procedimiento para apoyar la integración del expediente al aportar pruebas y testimonios y eventualmente denuncie la ineficacia de las instancias de investigación ante las cuales denunció. Por el contrario, el sistema legal e institucional vigente desincentiva la denuncia, tanto anónima (pues no genera resultados efectivos) como nominativa, pues además de no garantizar resultados, genera al valiente que se atrevió a llevar a cabo la denuncia, altos costos por represalias por parte del sistema. Las redes actuales de complicidad en la corrupción generan una colusión involuntaria por parte de servidores públicos honestos e íntegros, a los que habría que invitar a denunciar en condiciones de protección adecuada. Continuar leyendo »

Corrupción corporativa y comportamiento oportunista: una perspectiva jurídica

Octubre10

A quienes ya vienen siguiendo este ejercicio de elaboración pública de una iniciativa de ley de combate a la corrupción, así como a quienes más adelante se lleguen a interesar y, espero, a involucrar con sus aportaciones y comentarios, les resultará como me sucedió a mí, de gran utilidad, por su riqueza conceptual y su rigor lógico y académico el ensayo del Dr. Armando Pamplona, publicado por el Instituto de Empresa y Humanismo de la Universidad de Navarra en España.

 

En este momento estoy incorporando a los “documentos de apoyo” este artículo, el que insisto, es ilustrativo y revelador.

 

El trabajo que estamos empeñados en realizar (la Ley de Lucha contra la Corrupción) pretende ser integral, por lo que temas como el impacto de la corrupción en lo político, lo económico, lo social y lo cultural pueden ser abordados a partir de trabajos como el que hoy les recomiendo leer y comentar.

Adicionalmente para poner en perspectiva el alcance que queremos tenga la ley que preparamos, valdría la pena reflexionar sobre el “carácter globalizado de la corrupción”, toda vez que la existencia de instrumentos internacionales de alcance regional y universal como la convención para combatir la corrupción de oficiales públicos en las transacciones de negocios internacionales de la OCDE, la convención interamericana en contra de la corrupción de la OEA, y la convención encontrada de la corrupción de la ONU, nos indican que la corrupción no es privativa de un país o grupo de ellos. Estos instrumentos internacionales también serán incorporados para su localización en “documentos de apoyo” y próximamente abriremos el espacio para consultar legislación de otros países: “Legislación Comparada” para ver y aprender cómo han abordado los diferentes temas en otras latitudes.

 

Si quiere recomendar algún documento que crea pertinente analizar, por favor indíquenos la referencia o la forma de localizarlo.

 

Senador Ricardo García Cervantes

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Consideraciones preliminares

Octubre9

Para provocar la reflexión

 

 

Propuestas para el articulado de un proyecto de Ley Federal de Lucha contra la Corrupción.

 

 

1) Principio esencial: la honestidad administrativa

 

La primera tarea es dar certeza sobre lo que se entiende por honestidad del servidor público, lo que se espera de su comportamiento y actuación y por otro lado, ofrecer claridad sobre lo que se trata de evitar: abuso, influyentismo, patrimonialismo, parcialidad, impunidad, colusión, oportunismo y corrupción. Esto lleva a establecer claramente las condiciones que deben cumplir las personas para convertirse en servidores públicos, los impedimentos para serlo y obliga también a definir el principio de la imparcialidad en el desempeño de las funciones para determinar la lógica y los límites de su actuación. Todo lo anterior tiene la finalidad de facilitar así un desempeño gubernamental honesto y eficiente que favorezca el interés público.           Continuar leyendo »

Convoca senador Ricardo García Cervantes a crear una Ley Federal de Lucha contra la Corrupción

Octubre1

Estoy convencido que el mayor problema de México es la corrupción, cuya práctica representa un enorme lastre que no permite avanzar a la nación, lesiona gravemente la confianza de la ciudadanía en todos los órdenes de gobierno y genera impunidad.

Como senador de la República hago público por este medio el compromiso de elaborar una iniciativa para combatir este fenómeno de manera integral, a través de una nueva legislación que permita crear un órgano dotado de mayores facultades para ello.

Con este propósito, invito a todos lo ciudadanos a participar en la construcción de la iniciativa y conocer los avances de su elaboración a través de mi página web: www.garciacervantes.com y de un blog creado ex profeso, en el cual atenderé todas las sugerencias, aportes y contribuciones.

La intención es elaborar de la manera más transparente una legislación que combata frontalmente la corrupción y sus funestas consecuencias en nuestra sociedad.

De igual manera, expreso mi compromiso de concluir la iniciativa a más tardar el 15 de noviembre próximo y hacer todo lo posible por conseguir el más amplio consenso posible para su dictaminación y eventual aprobación, antes de que concluya el presente periodo ordinario de sesiones.

México requiere un marco jurídico adecuado para sancionar eficazmente las conductas ilícitas que en nuestro país fomentan la corrupción. Agradezco desde ahora tus aportaciones y comentarios.

Corrupción corporativa y comportamiento oportunista: una perspectiva jurídica

Septiembre30

Most people know corruption when they see it.

The problem is that different people see it differently

Kimberly Ann Elliot

 Until one is caught, one is not a thief. Proverbio ruso

 

Dr. Armando Pamplona

 Este artículo intenta aproximarse al fenómeno general de la corrupción y, al mismo tiempo, pretende averiguar si desde el punto de vista del derecho es posible hablar técnicamente de una corrupción corporativa; es decir, de una corrupción legal que tiene lugar dentro o hacia el interior de las sociedades o corporaciones mercantiles, las que son, ordinariamente, la sede natural de las grandes empresas. La cuestión es relevante en la medida en que se intenta distinguir oportunismo administrativo de corrupción jurídica, última que —de manera general— extiende sus efectos más allá de la propia empresa, a diferencia del primer concepto, que es de cuño meramente organizacional y que se constriñe doctrinalmente al exclusivo ámbito interno de las empresas y con atención singular a la relación agente-principal. Sólo a partir del conocimiento de ambas nociones, oportunismo y corrupción, se logra precisar si toda corrupción jurídica es necesariamente una conducta oportunista, si no lo es del todo, o si —en su caso— lo es sólo eventual y condicionadamente. Todo esto, sólo a modo de acercamiento y haciendo alusión al sistema jurídico norteamericano, como lo exige la necesaria elección del objeto jurídico de estudio, básicamente por el principio de relatividad nacional en cuanto a los derechos vigentes y resaltando en todo momento la importancia de la legalidad dentro de la empresa. Continuar leyendo »

Convención de las Naciones Unidas contra la corrupción (Información general)

Septiembre30

Del 9 al 11 de diciembre de 2003, se realizó en Mérida, Yucatán, la Conferencia Política de Alto Nivel, donde los países miembros de las Naciones Unidas firmaron la Convención de las Naciones Unidas contra la Corrupción (UNCAC), también conocida como Convención de Mérida. La UNCAC entro en vigor el 14 de diciembre de 2005.

Las principales disposiciones de esta Convención establecen el deber de los Estados Parte de formular, aplicar y mantener políticas contra la corrupción que promuevan la participación de la sociedad y reflejen los principios del imperio de la Ley, la debida gestión de los asuntos y los bienes públicos, la integridad, la transparencia y la obligación de rendir cuentas a la ciudadanía. Continuar leyendo »

Convención de las Naciones Unidas contra la corrupción

Septiembre30

Principales disposiciones de la Convención de las Naciones Unidas contra la Corrupción
La Convención prevé la existencia de códigos de conducta para los funcionarios públicos, de medidas para establecer sistemas apropiados de contratación pública y de gestión de la hacienda pública del Estado; y para aumentar la transparencia en la administración pública, incluso en lo relativo a su organización, funcionamiento y procesos de adopción de decisiones.

Este instrumento internacional busca fomentar la participación activa, para la prevención y lucha contra la corrupción, de personas y grupos que no pertenezcan al sector público, como la sociedad civil, las organizaciones no gubernamentales y las organizaciones comunitarias. Continuar leyendo »



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    • caarlos rojas: creo conveniente que se revise la forma que se llevan a cabo las compras en el gobierno, siempre hay mordidas y eso, si no se controla desde los mandos superiores, enotnces se hace cada vez peor, es importante sancionar no solo a los funcionarios publicos sino tambien a las empresas que incurran en esos actos